Nuevas Directrices para el Registro de Consultores MINVU

El próximo 15 de junio de 2015 entrarán en vigencia las nuevas directrices que regirán sobre el Registro Nacional de Consultores del Minvu, regulado por Decreto Supremo N° 135 (V. y U.) de 1978.

Estas nuevas disposiciones se refieren a la presentación de los antecedentes necesarios para mantener la inscripción de cada consultor en estado “vigente” y dan cumplimiento al dictamen de la Contraloría General de la República N° 28.819, de 2014.

1. A contar de la fecha señalada, la administración del registro de cada región, radicada en la Seremi, no deberá exigir la mantención periódica de los antecedentes que se detallan a continuación, y su vigencia responderá a lo indicado en el Artículo 21° del Decreto Supremo N° 135 (V. y U.) de 1978.