Registro de Agentes de Servicios Habitacionales

 

 

En este Registro Nacional se inscribe a las personas jurídicas capacitadas para efectuar la gestión administrativa de los beneficiarios del Subsidio Habitacional desde su evaluación como requirente de crédito hipotecario, hasta la inscripción de la vivienda en el Conservador de Bienes Raíces, de acuerdo al D.S. N° 26, DE 1989.

El Agente deberá constituir y mantener vigente una garantía de fiel cumplimiento de las labores a realizar, mediante boleta bancaria de garantía extendida a favor de Secretario Regional Ministerial de la región en que solicite su inscripción, a la vista, con 30 días de aviso, por un valor equivalente a 1.000 Unidades de Fomento, de plazo indefinido, o con vigencia mínima de 6 meses. Si no se renovare la garantía antes de expiración, el Agente quedará automáticamente suspendido del Registro.

Los Agentes inscritos que desarrollen actividades inmobiliarias no pueden, respecto a los postulantes con quienes se vinculen durante el proceso de postulación, cumplir las funciones inherentes a su inscripción en este Registro, así como tampoco pueden prestar sus servicios a personas naturales o jurídicas con las cuales estuvieren relacionados familiarmente hasta el tercer grado de consanguinidad.La inscripción es indefinida, no tiene plazo de vencimiento.

Reglamento

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Requisitos

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Formularios

Instructivos